Concepto
del Impuesto a la Renta
El
Impuesto a la Renta ,
es clasificado como un impuesto directo.
Desde
el punto de vista subjetivo (sujeto gravado) es un tributo que
grava directamente a quien tiene renta, es decir, no se trata de un
tributo trasladable a otras personas.
Desde
el punto de vista objetivo (objeto gravado) se
denomina directo,
porque incide directamente en la ganancia, renta, remanente o utilidad, a
diferencia de los impuestos indirectos en los que también se grava la
posesión de riqueza pero expresada en actos de consumo.
Características
del Impuesto a la Renta
Los
caracteres generales que se les atribuye son:
a.
El no ser trasladable
De
acuerdo con este criterio, el impuesto no es susceptible de traslación,
por lo que afecta directa y definitivamente a aquel sobre el cual la ley lo hace
recaer. b.
El contemplar la equidad a través del principio de capacidad contributiva,
al ser global, personal y progresiva;
b.
El segundo carácter destacable en que el Impuesto a la Renta contempla la equidad,
se basa en el postulado de la capacidad contributiva, entendida esta
como la facultad que tiene cada quien para soportar el impuesto.
Constituyen
índices de capacidad contributiva:
- La renta que se obtiene,
- El capital que se posee y el
- Gasto o consumo que se realiza.
La
doctrina en general acepta que de estos tres Índices, el principal es la renta
que se obtiene, por lo que claramente el Impuesto sobre la Renta se ajusta a la capacidad
contributiva y por ende contempla la equidad.
A
su vez, la equidad como búsqueda de la afirmación del postulado de la capacidad
contributiva, puede ser entendida en dos sentidos: como equidad
horizontal o vertical.
Bajo
el concepto de equidad
horizontal, se indica que aquellos que estén en igual situación
deben abonar el gravamen de manera igual.
Por
equidad vertical, se involucra que aquellos que
se encuentren
a diferente nivel, deben sufrir imposiciones diferentes. Este postulado no
se agota en preconizar el impuesto proporcional, sino que
implica la propuesta de tasas progresivas, donde
la alícuota aumenta
más que proporcionalmente ante los
aumentos de la base, con lo cual el impuesto tiende a una
redistribución del ingreso. Importancia
del Impuesto a la Renta
La
importancia del impuesto a la
Renta se puede resumir en dos puntos de vista:
•
Desde un ángulo
doctrinario este tipo de imposición representa la implantación de
un impuesto moderno, de mayor justicia tributaria y con el cual
puede ser gravada a las rentas provenientes de todas las actividades
humanas, sean producto de capital de trabajo. Desde el punto de vista
de la justicia
fiscal, el impuesto a la renta es el más justo, equitativo
y eficaz.
•
Desde un punto
de vista social, el impuesto a la renta satisface Ja conciencia soda!,
que inspirándose en un ideal de evidente justicia, quiere que cada
individuo aporte al estado una contribución pecuniaria que esté
en relación con la posición económica que ocupa
Teoría de la renta - producto
Según
esta teoría, la renta es el producto periódico que proviene de una
fuente durable en estado de explotación.
Son
considerados renta los enriquecimientos que cumplan las siguientes características:
El
producto (renta) debe ser distinto a la fuente que lo produce, por
tanto la revaluación de activos no es considerada como renta afecta
porque es el mayor valor de propia fuente productora.
La
fuente productora debe ser durable, periódica o susceptible de ser
periódica, por consiguiente se excluye como renta a las ganancias extraordinarias, que
no provengan de una fuente productora como es el caso de las apuestas, loterías
que en el tiempo
se agota por tanto no es periódica.
La
fuente debe ser periódica, y para comportarse como tal debe ser
durable, es decir debe sobrevivir a la producción de la renta. debe
existir la posibilidad de que la renta sea repetida en el tiempo; características que no
se cumplen en el caso de las ganancias extraordinarias.
La
fuente podría estar constituida por el capital (monetario, no monetario,
bienes muebles o inmuebles), el trabajo personal
(servicios
dependientes, independientes), o por la aplicación conjunta del capital y del
trabajo (negocios).
Teoría del flujo de riqueza
Esta
teoría sostiene que se considera renta a la totalidad de los ingresos
provenientes de terceros e induye, a los ingresos por actividades ocasionales, a los
ingresos extraordinarios, y a los ingresos provenientes de actos de
liberalidad, tal es el caso de las donaciones, herencias, togados, etc.
Se
puede observar que a diferencia con la Teoría Renta- Producto en esta teoría no importa que
ej ingreso provenga de una fuente durable susceptible de generar
ingresos periódicos aquí amplia el concepto de renta a todo beneficio o ingreso
nuevo para el contribuyente producto de una operación con
terceros.
Para este criterio, este tipo de situaciones puede ser
considerado como renta, sin embargo, conforme a la Teoría Renta
-Producto no calificarían como renta.
. Teoría del consumo mas incremento del patrimonio
Para esta teoría la renta esta definida como el total del
incremento del patrimonio que tenga e( contribuyente en
un periodo de tiempo por lo tanto no se
considera que la renta deba ser durable susceptible
de generar ingresos periódicos.
RENTAS GRAVADAS
CON EL IMPUESTO A LA RENTA
El Impuesto a la
Renta peruano grava no solo las rentas provenientes de la
explotación de una fuente, sino también cualquier otro ingreso con alcances
distintos a esta, como son las ganancias de capital originadas por
la enajenación de bienes, así como los ingresos provenientes de operaciones
con terceros.
Las Rentas provenientes del Capital, del Trabajo y de la aplicación conjunta de ambos
factores:
Son
las rentas que provienen del Capital, que son la Primera y Segunda
Categoría, del Trabajo, Cuarta y Quinta Categoría, y de la aplicación conjunta de
ambos factores como es las Rentas Empresariales,
Rentas de Tercera Categoría, entiéndase como tales aquellas que provengan
de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos tal y
como lo cita la Teoría
Renta -Producto.
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